DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Nulidad de Contratos y su Asiento Notarial y Registral, incoada por la ciudadana LEIDA AIMARA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.644.206, representada judicialmente por la abogada GLEIMI COROMOTO COLINA CASARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 285.442, en contra de los ciudadanos MARIA JOSÉ MARTINO JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 26.937.613, y SIGDIO JOSÉ SANCHEZ VILCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.470.041.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA del documento de Poder General de Administración y Disposición, así como del documento de construcción y el documento de venta que se derivaron.....