TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, DECLARA:
PRIMERO: NO HA LUGAR LA OPOSICION A LA CUESTION PREVIA, formulada por la abogada ANA CAROLINA BREA DE COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal Nº V-7.481.312, actuando en su propio nombre y representación de sus intereses y en representación de los ciudadanos: ERNESTO ABIGAIL COVA MORALES, ANGEL AQUILES GONZALEZ PERNALETE y ESSIE RORAIMA RODRIGUEZ FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personales Nros: V-7.481.312,V-7.473.089,V-5.317.355 y V-5.507.844.
Se advierte a las partes que el acto de la contestación a la demanda, tendrá lugar dentro de los cinco (5) días despachos siguientes al presente auto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARI.....