Por las razones expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIO COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CONVERTIDO EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los Ciudadanos ELPIDIO SEGUNDO RODRIGUEZ Y ROCIO INES BAENA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-14.735.322 y V-15.292.171, respectivamente, domiciliados en el sector Carrizalito, Calle Proyecto, Casa S/N, la Vela Municipio Colina Estado Falcón, debidamente asistidos por la Abogada MARGEN DEL VALLE HIGUEREY, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.217, decretada en fecha 2 de diciembre del año 2.011. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que contrajeron los Ciudadanos antes mencionados, el día 19 de diciembre de 2007, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Naricual, del Municipio Bolívar, del Estado Anzoátegui, l.....