En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Numa José Miranda Hidalgo, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos TULIO RAFAEL INFANTE BUENO, LISNARDY EMIGDIA INFANTE SÁNCHEZ y ROSSONY ELSIRA INFANTE SÁNCHEZ, mediante diligencia de fecha 29 de julio de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 22 de julio de 2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede en Santa Ana de Coro, con motivo del juicio de Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra Venta interpuesta JOSÉ ISAAC JATAR SENIOR contra los ciudadanos TULIO RAFAEL INFANTE BUENO, LISNARDY EMIGDIA INFANTE S.....