Examinando los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, considera este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, que son suficientes para acreditar Dominio y posesión de las Remodelaciones y Mejoras antes identificadas, a la Sociedad Mercantil Seguros Banvalor, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 14 de Enero de 1992, bajo el N° 36, tomo 15-A Sgdo., cuya última modificación estatutaria fue inscrita por ante el citado Registro Mercantil en fecha 27 de Julio de 1998, bajo el N° 31, tomo 270-A Sgdo. Así se decide.
Empero, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.