En mérito de las razones de hecho y de derecho expuestas este Tribunal, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE VENTA DE INMUEBLE, incoada por el abogado ARGENIS MARTINEZ MEDINA, contra Nasib Samir Haidar.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los dos (08) días del mes de Marzo del año Dos Mil Doce (2.012).- Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
.....