Basados en las consideraciones de hecho y derecho antes señaladas, este Tribunal Primero en funciones de juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta: PRIMERO: Se plantea conflicto de no conocer ante la Corte de Apelaciones del Estado Falcón, y en consecuencia, se ordena aperturar cuaderno separado y remitir lo conducente. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de este circuito judicial penal, informándole sucintamente sobre el presente conflicto de no conocer planteado. TERCERO: Se ordena suspender el presente asunto hasta tanto la Corte de Apelaciones de este Estado resuelva el presente conflicto de no conocer. Es todo. Líbrese lo conducente.
DRA. EVELYN PEREZ LEMOINE
JUEZA PRIMERO DE JUICIO
ABG. MARLIN BARRIENTOS
SECRETARIA
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2011-004957
ASUNTO : IP01-P-2011-004957
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