Por todo lo antes expuesto, Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público contra el ciudadano imputado, WILLIAM JOSE SEFEREN PARRA, por el delito de: EXPEDICIÓN O UTILIZACIÓN ILEGAL DE CERTIFICACIONES QUE PERJUDIQUEN EL PATRIMONIO PUBLICO, previsto y sancionado en el articulo 77 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de ALIMENTOS MERCAL FALCÓN Y POR ENDE EL ESTADO VENEZOLANO, por lo cual se admite la Calificación Jurídica provisora Fiscal por considerar este Tribunal que los hechos que presuntamente desplegó el encartado se subsumen dentro de la tipificación que la representación Fiscal da a los hechos. SEGUNDO: Se admiten por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias todas las pruebas ofrecidas.....