III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Tucacas, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional incoada por el abogado Ángel Antonio Domínguez, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil AGROPECUARIA ABEJALES C.A.., contra los ciudadanos JOSÉ RAMÓN ALVARADO ARGUELLO, AUGUSTO RAMÓN OLIVARES y ANTONIO JOSÉ CAMACHO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
Se le ordena a los ciudadanos JOSÉ RAMÓN ALVARADO ARGUELLO, AUGUSTO RAMÓN OLIVARES y ANTONIO JOSÉ CAMACHO, cesen de inmediato la perturbación a la posesión de la fina Agropecuaria Abejales C.A., hasta tanto se decida el Interdicto de Amparo a la Posesión que se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Ag.....