En consecuencia y por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa ana de Coro, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta al imputado GUSTAVO ENRRIQUE PEREZ REYES, venezolano, de 35 años de edad, nacido en Cabimas, Estado Zulia, en fecha 10 de octubre de 1970, portador de la cédula de identidad personal número V.11.884.040, de ocupación ganadero, domiciliado en la población de San Félix, Municipio Mauroa del Estado Falcón, casa sin número , hijo de Elisa Reyes y Vicente Pérez, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el Artículo 256 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación periódica cada 30 por ante este Circuito Penal, por la presunta comisión del Delito del Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano vigente. Se le advirtió al imputad.....