En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara con lugar la demanda de custodia incoada por el ciudadano Rony José Luzardo Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.178.625, en contra de la ciudadana Keira Andreina Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.804.941, y en beneficio del niño Roniel Luzardo Velásquez, en consecuencia, la custodia del prenombrado Niño, la ejercerá el Padre.
Se establece un régimen de convivencia familiar, a favor de la ciudadana Keira Andreina Velásquez Chirinos, por medio del cual, podrá compartir con su hijo las veces que así lo desee, y retirarlo del hogar paterno al hogar materno, cada quince días los días sábados y domingos.....