REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: 08 de noviembre del Dos Mil Seis (2006)
AÑOS: 196° Y 147°
Désele entrada, a la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana Magalis Marina Gómez de Chirino, Venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N°3.661.150, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos Julio Cesar Pirona, Maria Isabel Pirona, Raquel Josefina Gómez Zavala, Gladys Elina Gómez Adames y Luisa Elena Gómez de Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 738.862, 738.809, 7.491.523, 3.095.592 y 3.682.413, asistidos por el abogado José Luis Isea Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.758, evacuado por ante el Juzgado Segundo del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicia.....