Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION a la TRANSACCIÓN celebrada en el presente proceso en fecha 30 de noviembre de 2015, por las partes: Abog. SERGIO JOSÉ COLINA LEAL, parte DEMANDANTE, actuando en su propio nombre y representación, y por la otra, el Abog. JOSÉ HUMBERTO GUANIPA van GRIEKEN, con el carácter de apoderado judicial de la parte DEMANDADA, la entidad bancaria BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL; plenamente identificados en autos; dándosele el carácter de Cosa Juzgada. En consecuencia, se DECLARA TERMINADA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaría, dos (2) copias certificadas del escrito y de la present.....