Por todo lo antes expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón extensión Punto Fijo DECRETA: PRIMERO: Al imputado: DENNY JOSE LUGO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: MARIA ALEJANDRA RAMIREZ MORA, se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 92 numeral 8º, LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, consistente en la prohibición de realizar cualquier tipo de violencia física psicológica y verbalmente a la victima.; y acuerda la Medida de Protección y Seguridad de las prevista en el articulo 87 numerales 3 y 6 ejusdem, consistente la primera Ordenar la salida del presunto agresor de la residencia común indep.....