En tal sentido cumplido los parámetros legales antes expuestos, en el desistimiento de la presente causa, es por lo que el Tribunal debe impartir la homologación al desistimiento y en consecuencia proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.-
En consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho es por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA EN FASE DE EJECUCIÓN POR FALTA DE INTERES EN EL PROCESO DE LA PARTE ACTORA; dándole efecto de Cosa Juzgada. Una Vez quede firme la presente decisión la causa se dará por terminada ordenándose el archivo definitivo respectivo.