En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede Punto Fijo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la demanda por régimen de convivencia familiar incoada por el abogado Helme Gerónimo Aliendo Cordero, en su condición de Fiscal Noveno del Ministerio Público, a petición del Jesmir José Rodríguez López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.811.546, domiciliado en el Sector Doña Emilia, avenida Doña Emilia, Urbanización Casa Bella, casa N° 5-B, parroquia Carirubana, municipio Carirubana del estado Falcón, en contra la ciudadana Zulegma María Lugo Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.771.351, domiciliada en el Sector Andrés Eloy Blanco, calle Democracia entre Brasil y Perú, casa N° 121-A, parroquia Carirubana, muni.....