En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal. SEGUNDO: SE ORDENA JUDICIALMENTE LA ENTRADA y REGISTRO, conforme a los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, de UNA VIVIENDA SIGNADA CON EL NUMERO 110-A, UBICADA EN LA CALLE JOSE GREGORIO HERNANDEZ DEL BARRIO SAN JOSE, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON; LUGAR DONDE RESIDE EL CIUDADANO CORNELIO JESUS MEDINA ODUBER, APODADO "EL NELLO, comisionándose a funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-delegación Coro, Estado Falcón, para su práctica, quienes estarán obligados a cumplir con las formalidades establecidas en los artículos 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, y deberán respetar los derechos humanos de las personas que se encuentren en el inmueble al momento de .....