En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Roraima Bermúdez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil RAPIDMEX, COMPAÑÍA ANÓNIMA, mediante diligencia de fecha 21 de junio de 2016 y ratificada en fecha 28 de junio de 2016. En consecuencia, se REVOCA la sentencia interlocutoria dictada en fecha 15 de junio de 2016, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, con motivo de la incidencia cautelar en el juicio de NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEAS interpuesto por los abogados JUAN PACHAS LITUMA, ELISA MARIELA OSORIO MÁRQUEZ y MARY LOURDES ANDRADE DE PAZ, a.....