consecuencia este Tribunal Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena que se Libren oficios, solicitando información al Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, a la medicatura forense, para que remita a este juzgado a la brevedad posible copia certificada del protocolo de auptosia del ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA; así mismo a la fiscalía de los derechos fundamentales del Ministerio Público en este Estado para que remita en caso de poseer información a este Juzgado sobre el presente requerimiento para que una vez consignada a este juzgado se pueda emitir el pronunciamiento de ley respectivo. Notifíquese al fiscal especializado y al defensor público séptimo de la presente resolución. Publíquese Cúmplase.
El Juez
La Secretaria
Abg Mireya Medina Abg. Carisbel Barrientos.
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