Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado DOUGLAS RAFAEL LEAL ROMERO, venezolano, soltero, agente de investigaciones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, penales y Criminalísticas, titular de la Cédula de identidad N° 7.491.070, residenciado en la calle Borregales con callejón el tenis, frente a la casa N° 40, Coro, Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto se fija audiencia para imponer al penado antes mencionado del otorgamiento de dicho beneficio en la sede de este Circuito Judicial Penal, el día 31 DE ENERO DE 2008, A 09:00 DE LA MAÑANA. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición a los fines de que se compr.....