Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por UN (1) AÑO, a favor del ciudadano PEDRO ARGENIS SIBADA, titular de la cédula de identidad N° 9.504.970, nacido en fecha 04/05/65, de 48 años de edad, de oficio receptor informador, 3° año como grado de Instrucción, residenciado en Carretera Coro Churuguara, Sector Las Dos Bocas, casa S/N, Municipio Colina del Estado Falcón, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres libre a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana C. M. A. (SE OMITE IDENTIDAD), debiendo cu.....