Por todos los argumentos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Falcón, con sede en Coro, impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: DECRETA: CON LUGAR la solicitud Fiscal, y sin lugar lo solicitado por la defensa privada, y en consecuencia se le impone al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 582 literal "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se le obliga a someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, quien presente sala se constituye la custodia, comprometiéndose a someterlo al proceso. SEGUNDO: Se decreta la detención en flagrancia, y se ordena pro.....