En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: se declara sin lugar la solicitud de la Fiscalia 15 del Ministerio Publico. SEGUNDO: Se decreta a favor de los Ciudadanos DIOSVANY RAMON RAMIREZ MIRANDA, de nacionalidad venezolano, natural de Punto fijo estado Falcón, de 28 años de edad, nacido en fecha 04-09-1986 Soltero, de profesión u oficio obrero, con residenciado en: casco central Girardot con Perú, casa sin numero, al lado de la taberna gallega, titular de la cedula de identidad numero V-19.648.809, numero de teléfono 0426-8002077 (casa). Y el segundo de los imputados DIOSVAN JESUS RAMIREZ MIRANDA, de nacionalidad venezolano, natural de Punto fijo estado Falcón, de 26 años de edad, nacido en fecha 11-02-1989, Soltero, de profesión u oficio obrero, con residenciado en: casco central Girardot con Perú, casa sin numero,.....