´Con base en los artículos mencionados, y por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, DECLARA INADMISIBLE la Solicitud de DIVORCIO Y LIQUIDACION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesta por los ciudadanos: ELSA MARTINELIS GUANIPA DELGADO y RAUL ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros° V- 13.616.619 y V- 12.182.081, respectivamente, ambos domiciliados en la Urbanización Cruz Verde, Sector 7, Vereda 12, Nº 07, en la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio LUIS ALFONSO MEDINA LUGO, Inpreabogado Nº 200.047, número de teléfono 0414-6046468, domiciliado en la Urbanización Cruz Verde, Calle 19, Sector 7, Vereda 16, Casa 6, Municipio Miranda del estado Falcón. ´