Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos FARINA JOSEFINA MORILLO MORALES y JORGE LUIS GUILARTE AGUILERA y las norma ut supra transcrita, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficiente para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana EULICIA JOSEFINA MORALES DE RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, casada, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.968.497, de profesión u oficio ama de casa, domiciliada en la Calle El Carmen, Sector La Plaza, casa sin número, Parroquia El Hato, Jurisdicción del Municipio Falcón, Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispu.....