En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, actuando en sede Constitucional, Dicta Medida Cautelar Innominada a favor del accionante, contentiva de: Primero: Se prohíbe a los miembros que conforman la Junta Directiva del Condominio Conjunto Residencial Pescadores I, que ni de forma personal ni por interpuesta persona impidan el acceso de personas o bienes del Instituto de Previsión Social del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Carabobo (IPAPEDI), a la sede del Conjunto Residencial Pescadores I, permitiendo la entrada y salida de manera libre de todos y cada uno de los asociados, de su grupo familiar, de los bienes (vehículos, maquinarias y equipos, entre otros), previamente identificados por el Instituto a Junta de Condominio, de la forma como se ha venido haciendo, hasta tanto sea decidido la presente causa. Se.....