este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de defunción a favor de la ciudadana: ARCADIA ZAVALA DE GONZALEZ y ORDENA conforme a lo establecido en él articulo 502 del Código Civil, remitir con oficios copias certificadas de la presente decisión al Ciudadano Presidente de la Junta Parroquial de Capatarida Municipio Buchivacoa del Estado Falcón, y al Registrador Principal del Estado Falcón, a fin de que en el acta de defunción anotada con el Nº 19, del año de 2.002, donde se haga constar la corrección emanada de este Juzgado, que consiste en asentar que el difunto había procreado seis (06) hijos es decir SORAYA ELIZABETH, FRANCISCO RAMON, FRANCIS XIOMARA, CARMEN JOSEFINA, FANNY CAROLINA Y LOLIMAR LORANA GONZALEZ .....