este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: Primero Se Admite Totalmente La Acusación Fiscal y Se admiten Las Pruebas Testimoniales y Documentales. Segundo: Se impuso al Acusado USVALDO RAFAEL HERNANDEZ SANABRIA, de Las Formulas Alternativas A La Prosecución Del Proceso y del Procedimiento Especial De Admisión De Los Hechos previsto en el Código Orgánico Procesal Penal, manifestando el ciudadano USVALDO RAFAEL HERNANDEZ SANABRIA, su decisión de Acogerse al Procedimiento Especial De Admisión De Los Hechos. Tercero: Admitidos como fueron los Hechos por el ciudadano, USVALDO RAFAEL HERNANDEZ SANBRIA titular de la Cédula de Identidad 11.561.390, domiciliado calle Popular Barrio Curazaito Casa Numero 43 cerca del Centro Familiar Curazaito del Estado Falcón, nacido en fecha 9 de Febrero de 1974, edad 37 años d.....