DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación en contra del ciudadano JEFERSON JOSE CHOMPRE VELAZCO, por el Delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CORREA CORREA ROGER FELIPE (SMARTPHONE CELL RYL), y las pruebas ofrecidas por la Fiscalía y la Defensa, y lo condena por el procedimiento de Admisión de los hechos a la pena de CUATRO (4) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, mas las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, consistentes en la Inhabilitación Política durante el tiempo que dure la pena y terminada la condena la sujeción a vigilancia por una quinta parte de la condena, en lo que se refiere a las Costas Procesales se exime a la parte obligada a ello, en vir.....