este Tribunal 2º de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara SIN LUGAR el escrito de revisión de medida presentado por la defensa judicial del imputado FREIJESUS MIGUEL RAMÍREZ GONZÁLEZ, a quien se le sigue juicio por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR previsto en el artículo 458, concatenado con el articulo 83 del Código Penal, ello de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el virtud de que no han variado las circunstancias y motivo que originaron la medida de coerción personal impuesta. SEGUNDO: Con el objeto de garantizarle el Derecho a la Salud al encartado de autos, consagrado en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA, remitir copia del presente fallo al Comandante de la Policía del estado Falcón, para que adopte todas las medidas necesarias indicadas en el texto de la sentencia y así garantizar la protección de los derechos huma.....