Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento Especial de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, para el ciudadano RICARDO RAFAEL ZAVALA ORDOÑEZ,. TERCERO: Se acuerda la solicitud del Defensor Publico de la Fórmula Alternativa como es la Suspensión Condicional del Proceso establecida en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, por un periodo de cuatro (4) meses, consistente en una labor comunitaria la cual deberán cumplir, en la Alcabala de MATARUCA seis.....