este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA a PABLO ENRIQUE CHAVEZ AGUILERA, venezolano, 36 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.183.221, nacido en fecha 20-08-1978, domiciliado en calle principal el palito, casa s/n frente a la licorería Rodríguez, teléfono 0412-536.49.97 (mama) y 0426-152.66.51 (papa), por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE Y ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el Articulo 149 encabezamiento aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el articulo 37 y 4 de la Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por aplicación del procedimie.....