Este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este juzgador admite parcialmente la presente acusación presentada por el Ministerio Público por cuanto cumple con los requisitos exigidos en el articulo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, ajustándose la calificación al Delito en cuanto a los ciudadanos AUGUSTO JOSE LECCA NEUDIA y ROGER ANTONIO MEDINA SEGOVIA, por estar incursos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTACION, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, PRIVACION ARBITRARIA DE LIBERTAD, RESITENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES PERSONALES Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 82, 277, 174 aparte, 218, 416, 413 todos del Código Penal Vigente. En cuanto al ciudadano GERMAN FRANCISCO FANEITE, com.....