Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN, celebrada en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMACIÓN, incoado por el abogado ÁNGEL VARGAS CONTRERAS, Endosatario en Procuración del ciudadano PEDRO PEÑALOZA ZAPATA, contra la ciudadana YOSTER FLOR ZAPATA, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo, acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.