DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por las razones antes expuestas, Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud y en consecuencia, DECLARA EL DIVORCIO, de los Ciudadanos: NERI COROMOTO BOLIVAR ALCALA Y EDWARD JAVIER RODRIGUEZ FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la Cédula de Identidad Nros.12.488.905 Y 14.385.865, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Coro del Estado Falcón, asistidos en este acto por la abogada MARIA EVELYN CICERELLI DE DONQUIS, I.P.S.A. No. 70.602 .- Se le advierte a las partes que una vez ejecutoriada que sea la presente decisión quedará disuelto el matrimonio.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.