Por los fundamentos antes expuestos, en Nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, decide: DECRETA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, al Penado: ERNESTO FABIAN MENDEZ, quien es Venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, comerciante ,SOLTERO , titular de la cédula de identidad N° 13 . 028 .429, el cual deberá cumplir con el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, que le fue otorgado por este Tribunal Segundo de Ejecución; sujetándose a las siguiente condiciones PRIMERO: No cambiar de residencia sin autorización del tribunal SEGUNDO: Presentarse una vez cada Quince (15) días, contados a partir de la presente fecha, por ante el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Falcón, TERCERO: Prohibición de comunicarse con la victima del hecho en el cual estuvo involucrado CUARTO: Deberá presentarse .....