En consecuencia, éste Tribunal, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en consecuencia de causa, y dejando a salvo los derechos de terceros, de conformidad con el Artículo 501 del Código Civil, y lo pautado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos: 769 y 774, ejusdem, Declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, del ciudadano ALEXIS RAFAEL VERA GONZÁLEZ, quien nació en la Ciudad de Coro, Distrito Miranda, hoy Municipio Miranda del Estado Falcón, el día 29 de Octubre del año 1957, siendo sus padres: JESÚS VERA y CELINDA GONZÁLEZ DE VERA.
SEGUNDO: Ordena al ciudadano Registrador Civil Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, RECTIFICAR EL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano ALEXIS RAFAEL VERA GONZÁLEZ, de fecha 19 de Noviembre de 1957, asentada bajo el N° 1360, de los libros de Nacimiento del Regi.....