Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: FELIX REIMUNDO PETIT CHIRINOS y YUSEGNYS JOSEFINA SANTOS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédulas de identidad Nros: V- 10.476.678 y 11.472.991, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado LUIS JOSE REYES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.357, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 20 de Diciembre de 2003, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón , según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 165, que riela al folio 02, del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de l.....