Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: MARCOS JULIO GOYENECHE RAMIREZ y ALBA EMERITA LLANES DE GOYENECHE, ambos identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el día Veintitrés (25) de Agosto de 1978, por ante La Primera Autoridad Prefecto del Municipio San Juan Bautista de la Ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira.
Remítase con oficio copia certificada al Registrador Principal del Estado Táchira y ante La Primera Autoridad Prefecto del Municipio San Juan Bautista de la Ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira. Líbrense oficios.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese e.....