´Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE, Medida Cautelar de Amparo Constitucional, presentado por el ciudadano MANUEL GERALDO MELENDEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.151.354., asistido por el abogado JESUS ALBERTO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 176.811, contra la SINDICATURA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DABAJURO DEL ESTADO FALCÓN.
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