Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Coro, ACUERDA conceder PROTECCIÓN inmediata a la ciudadana ANA HERNANDEZ, cédula de identidad 7.473.974, natural de la ciudad de Coro, domiciliada específicamente en la Urbanización La Velita II, Ave 3, Casa Nro. 01, comisionando en tal sentido al Comando de la Guardia Nacional 42 de la Vela de Coro Guardia Nacional. Todo en sana y cabal aplicación de los dispositivos legales insertos en los Artículos 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 30, parte infine, de nuestra Constitucional Nacional. Ofíciese a al comandante de Guardia Nacional con copia certificada a los fines de que tenga conocimiento de las denuncia planteadas y se le garantice la debida protección a la victima. Igualmente copia certificada de la decisión y de la solicitud emanada de la fiscalia Superior del Ministerio Publico al Trib.....