Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud presentada por el Abg. GERARDO CAMERO, en su carácter de Fiscal Segundo Auxiliar del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano HERMES SEGUNDO GARCIA POLANCO por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal vigente en perjuicio de la ciudadana MARLIS INAIRIT MEDINA. SEGUNDO: Se declara Sin Lugar la solicitud presentada por la defensa; TERCERO: Se acuerda oficiar al Internado Judicial de esta ciudad de Coro a los fines de que el imputado sea ubicado en una zona en la cual se pueda resguardar su integridad física. CUARTO: Se acuerda que el prese.....