Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de La Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR el convenio suscrito por las partes, otorgándole el carácter de Sentencia definitiva con fuerza ejecutiva sin perjuicio de que pueda ser ajustada anualmente en beneficio de la niña. El acuerdo se HOMOLOGA en los siguientes términos:
El ciudadano: GIOVANNY JESUS GUTIERREZ, se compromete a sufragar la cantidad de trescientos con 00/100 céntimos (Bs. 300,00), mensual, pagaderos los primeros cinco (05) días hábiles de cada mes, los cuales serán depositados en cuenta corriente Nº 2510008459 del banco Bancaribe, a nombre OSWEINDY DEL VALLE VILORIA SANGRONIS.