Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta PRIMERO: Se declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Público como VIOLENCIA FISICA, prevista y sancionada en el artículo 42 del Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se impone en favor de la víctima las medidas de protección y seguridad, establecidas en el articulo 87 numerales 6 y 13 de la Ley especial que rige la materia, consistente en la prohibición al presunto agresor de que por sí o por terceras personas realice acto de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia; y de agredir de cualquier forma a la victima. TERCERO: Se impone al imputado ciudadano CARLOS JAVIER RONDON ROJAS, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 6.983.706, la Medida Cautelar .....