Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA AMPLIACIÓN DEL REGIMEN DE PRUEBA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, por UN (1) AÑO, a favor del ciudadano JOSE JAVIER LAGUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula 19.617.345 soltero, fecha de nacimiento 27/06/1989, de 24 años de edad, estudiante, domiciliado el sector San José con Calle José Gregorio Hernández casa numero 22, de Santa Ana de Coro, estado Falcón, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana GIULINA TOYO CORONADO, y se le imponen las siguientes condiciones: 1) la Prohibición de .....