En virtud de las consideraciones antes expuestas, es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, hace los siguiente pronunciamientos.
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por la ciudadana ORILIA ELISA PALENCIA QUINTERO, debidamente representada por la Abogada ELISA PALENCIA QUINTERO, contra el Ciudadano DONALDO ENRRIQUE GONZALEZ PEDROZA, debidamente representados por los Abogados ARNALDO J. COLINA S. y OSCAR V. VILLA CHIRINOS.-
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a realizar la entrega del inmueble constituido por una casa distinguida con el Nro. 01-06 de la Urbanización Nuestra Señora de Coromoto, II Etapa, ubicada en la Calle 7, Barrio San José, Parroquia San Gabriel del Municipio Miranda del Estado Falcón,; libre de personas, muebles, animales y/o cosas, a partir del ocho de noviembre de 2009, p.....