este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena librar EXHORTO a la Unidad de Jueces de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, para que asuma el control y vigilancia penitenciaria del penado ENYERWER ANTONIO ZARRAGA COLINA, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.458.641, y en fin ejerza respecto a él, las competencias conferidas en el numeral 3° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y los contenidos en la Sentencia No. 307 del 1 de Septiembre de 2004 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia; a los fines de la vigilancia y control del penado.