D E C I S I O N
Ahora bien, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: HOMOLOGA, lo manifestado por el actor, y en consecuencia se le dá el carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con la ley.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los Trece (13) días del mes de Octubre de dos mil once (2011). Años: 200 de la Independencia y 152 de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:10 a.m, previo.....