Por todos los razonamientos antes expuestos Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Ordena Librar orden de Aprehensión contra el Ciudadano imputado: PEDRO ANTONIO URBINA, venezolano, de 40 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 9.588.447, soltero, de oficio no definido, natural de Cumarebo, residenciado en la calle La Calle la Escuela, casa 28, Bella Vista, Punto Fijo, Estado Falcón. Por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niño, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del Adolescente, en perjuicio del niño Aldrin José Sánchez Blanco, de diez años de edad, por considerar que están dados los supuestos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal, configurando la misma una excepción a las garantías Constitucional del derecho a la Libertad, .....