Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: se admite la precalificación del Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO TOYO HIGUERA, de conformidad con el 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, a quienes imputo el delito de CAMBIO ILICTO DE SERIALES, previsto y sancionado en el articulo 08 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor. SEGUNDO: Se le impone al ciudadano CARLOS ALFREDO TOYO HIGUERA Venezolano, de 26 años de edad, Soltero, de ocupación Albañil, titular de la Cedula de identidad Nº V.-24.525.739, fecha de nacimiento .Natural de Punto Fijo residenciada en SECTOR UNIVERSITARIO, CALLE MOLINA, CASA NUMERO SIN NUMERO DE COLOR AZUL CERCA DE MADERA, ENTRANDO POR LA CANCHA A MANO IZQUIERDA teléfono: NO POSEE, la Medida .....